El Estado uruguayo camina hacia la Soberanía Tecnológica y a la protección de sus datos. Como lo hiciera por decreto el gobierno de Dilma Rousseff cuando, luego de detectado el espionaje denunciado por Edward Snowden, que afectó entre otros a las cuentas de correo de la propia presidenta, resolvió utilizar Software Libre en todas las comunicaciones de correo en el Estado
Se abre una nueva etapa en Uruguay donde la defensa de la Soberanía Tecnológica podrá realizarse al amparo de esta ley. Donde el intercambio y la colaboración entre organismos o Ministerios podrá ser la mejor forma de aplicar la máxima francesa de que “el software libre se paga una sola vez”.
Se abren puertas para que micro, pequeñas y medianas empresas, que hasta ahora les era imposible competir con trasnacionales en las compras estatales, accedan al desarrollo o implantación de software y con esto estimular el trabajo y fomentar la investigación y lograr que el conocimiento se quede en el país y la región.
“Esta Ley es un pequeño paso hacia el objetivo del uso social del conocimiento y la apropiación por parte de los trabajadores informáticos del Estado y en consecuencia de toda la comunidad de dicho conocimiento, para seguir construyendo el país soberano e independiente que todos los uruguayos queremos”. - CESoL-.
El uso de formatos abiertos incrementará nuestra soberanía al permitir que la utilización de los documentos institucionales del Estado no dependan de formatos privativos que mantienen como rehenes de las empresas privadas a los datos de todos los ciudadanos.
Esta Ley nace en el año 2003 como de Formatos Abiertos. Vuelta a presentar en 2006 en la Cámara de Representantes, ya como de Formatos Abiertos y Software Libre, estudiada en Comisión (especial de Innovación, Ciencia y Tecnología) recién en 2008; estuvo varios años archivada por falta de voluntad política para su aprobación. En 2012, con el esfuerzo y la dedicación que le puso al tema el diputado Julio Battistoni, con el apoyo de quienes hoy integramos CESoL y de muchos otros compañeros (antes y después), finalmente fue aprobada en primera instancia por dicha Cámara en diciembre de ese año. Al inicio de 2013 comenzó su tratamiento a nivel de la Comisión correspondiente de la Cámara de Senadores.
En el período de estudio por parte de la Comisión de Ciencia y Tecnología del Senado, se plantearon modificaciones.
Ante dudas expresadas sobre el contenido del Art. 2, (rechazado por algunos de los detractores del proyecto) que establecía que además del software comprado, contratado o desarrollado, debía ser libre el software necesario para su modificación, CESoL hace consultas sobre el tema a la organización referente a nivel mundial: la Free Software Foundation (FSF) presidida por Richard Stallman. Como respuesta la FSF emite un comunicado apoyando el contenido propuesto en ese punto de la Ley e incluso tomándolo como insumo para sus recomendaciones para las políticas gubernamentales, sugiriendo que los contratos requieran que las soluciones sean desarrolladas en ambientes que contengan software libre.Pese a esto, lamentablemente, el proyecto de Ley fue modificado y (entre otros) se quita el punto referido anteriormente.
Se abre una nueva etapa en Uruguay donde la defensa de la Soberanía Tecnológica podrá realizarse al amparo de esta ley. Donde el intercambio y la colaboración entre organismos o Ministerios podrá ser la mejor forma de aplicar la máxima francesa de que “el software libre se paga una sola vez”.
Se abren puertas para que micro, pequeñas y medianas empresas, que hasta ahora les era imposible competir con trasnacionales en las compras estatales, accedan al desarrollo o implantación de software y con esto estimular el trabajo y fomentar la investigación y lograr que el conocimiento se quede en el país y la región.
“Esta Ley es un pequeño paso hacia el objetivo del uso social del conocimiento y la apropiación por parte de los trabajadores informáticos del Estado y en consecuencia de toda la comunidad de dicho conocimiento, para seguir construyendo el país soberano e independiente que todos los uruguayos queremos”. - CESoL-.
El uso de formatos abiertos incrementará nuestra soberanía al permitir que la utilización de los documentos institucionales del Estado no dependan de formatos privativos que mantienen como rehenes de las empresas privadas a los datos de todos los ciudadanos.
Esta Ley nace en el año 2003 como de Formatos Abiertos. Vuelta a presentar en 2006 en la Cámara de Representantes, ya como de Formatos Abiertos y Software Libre, estudiada en Comisión (especial de Innovación, Ciencia y Tecnología) recién en 2008; estuvo varios años archivada por falta de voluntad política para su aprobación. En 2012, con el esfuerzo y la dedicación que le puso al tema el diputado Julio Battistoni, con el apoyo de quienes hoy integramos CESoL y de muchos otros compañeros (antes y después), finalmente fue aprobada en primera instancia por dicha Cámara en diciembre de ese año. Al inicio de 2013 comenzó su tratamiento a nivel de la Comisión correspondiente de la Cámara de Senadores.
En el período de estudio por parte de la Comisión de Ciencia y Tecnología del Senado, se plantearon modificaciones.
Ante dudas expresadas sobre el contenido del Art. 2, (rechazado por algunos de los detractores del proyecto) que establecía que además del software comprado, contratado o desarrollado, debía ser libre el software necesario para su modificación, CESoL hace consultas sobre el tema a la organización referente a nivel mundial: la Free Software Foundation (FSF) presidida por Richard Stallman. Como respuesta la FSF emite un comunicado apoyando el contenido propuesto en ese punto de la Ley e incluso tomándolo como insumo para sus recomendaciones para las políticas gubernamentales, sugiriendo que los contratos requieran que las soluciones sean desarrolladas en ambientes que contengan software libre.Pese a esto, lamentablemente, el proyecto de Ley fue modificado y (entre otros) se quita el punto referido anteriormente.